Los bancos deberán atender de forma personal a los clientes
las 24 horas
Los bancos deberán atender de forma personal a los clientes las 24 horas los 365 días del año. Las entidades deberán contar un servicio de atención telefónica al cliente gratuito, eficaz, accesible, inclusivo, no discriminatorio y evaluable. Además, con una plantilla formada y con capacidad para atender a personas mayores y con discapacidad. Así es el anteproyecto de ley de atención a la clientela, que prohibe el empleo de contestadores automáticos u otros medios análogos como medio exclusivo de atención a la clientela.
¿Qué medidas deben de tomarse para mejorar la calidad del servicio?
Las entidades deberán asegurarse de la calidad del servicio, adoptando las acciones necesarias para que los departamentos responsables cuenten con una formación y capacitación especializada. Incluirán una formación específica previa en atención a personas consumidoras vulnerables y, en especial, a personas con discapacidad o de edad avanzada. La presentación de la reclamación, queja o consulta se podrá realizar en papel o por medios electrónicos. El expediente deberá finalizarse en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de la solicitud presentada por el cliente ante la entidad. La separación entre el servicio de atención al cliente y el resto de la entidad será total. Debiendo tomar sus decisiones de forma autónoma y evitando conflicto de intereses, permitirá a los clientes percibir este servicio como aquel cuya finalidad sea facilitar información o resolver consultas, quejas, reclamaciones o incidencias. Una de las obligaciones será la realización de una auditoría anual relativa a la calidad del servicio de atención a la clientela por una entidad externa independiente, y deberán hacer pública la documentación descriptiva y su correspondiente auditoría a través de su página web. La futura normativa no se aplicará al sector público.
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